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Title of test:
S///24_€_//L/I/T/_€-_C//V

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S24_dpite

Author:
Astroboy
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Creation Date:
04/05/2022

Category:
Others

Number of questions: 53
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Content:
En el ámbito autonómico, cuál es el Decreto sobre los Deportistas de Élite de la Comunitat Valencina?: El Decreto 6/2013, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la CV El Decreto 3/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la CV El Decreto 13/2008, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la CV El Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la CV .
Cúal es la orden que desarrolla el Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la CV?: la Orden de 23 de abril de 2009, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte la Orden de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte la Orden de 23 de abril de 2006, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte la Orden de 23 de abril de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte.
Los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana podrán acogerse, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, a los beneficios que se establecen en el Decreto 13/2006 del consell de la Generalitat; la duración de estos beneficios se extenderá a los: tres años siguientes a la última publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la Lista donde se le reconoce su condición de deportista de élite de la Comunidad Valenciana cinco años siguientes a la última publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la Lista donde se le reconoce su condición de deportista de élite de la Comunidad Valenciana siete años siguientes a la última publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la Lista donde se le reconoce su condición de deportista de élite de la Comunidad Valenciana dos años siguientes a la última publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la Lista donde se le reconoce su condición de deportista de élite de la Comunidad Valenciana.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, cuando se pierda la condición de deportista de élite por alguna de las causas establecidas en el artículo 6, apartados b), c) y d), del mencionado Decreto. Los beneficios establecidos para los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana se podrán suspender Los beneficios establecidos para los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana se suspenderán mediante resolución motivada Los beneficios establecidos para los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana se suspenderán automáticamente Los beneficios establecidos para los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana se suspenderán a partir de los tres años desde la publicación en el DOGV.
Son deportistas de élite de la Comunidad Valenciana, a los efectos de lo dispuesto en el Decrreto 13/2006 del Consell de la Generalitat: los deportistas mayores de 16 años, con licencia deportiva de una federación de la Comunidad Valenciana, o en su caso española, nacidos en la Comunidad Valenciana o con vecindad administrativa en un municipio de la Comunidad Valenciana durante un periodo que incluya, al menos, el último año, a contar desde la correspondiente solicitud, y que puedan encuadrarse en alguno de los tres niveles de deportista de élite, A, B o Promoción los deportistas mayores de 12 años, con licencia deportiva de una federación de la Comunidad Valenciana, o en su caso española, nacidos en la Comunidad Valenciana o con vecindad administrativa en un municipio de la Comunidad Valenciana durante un periodo que incluya, al menos, el último año, a contar desde la correspondiente solicitud, y que puedan encuadrarse en alguno de los tres niveles de deportista de élite, A, B o Promoción los deportistas mayores de 14 años, con licencia deportiva de una federación de la Comunidad Valenciana, o en su caso española, nacidos en la Comunidad Valenciana o con vecindad administrativa en un municipio de la Comunidad Valenciana durante un periodo que incluya, al menos, el último año, a contar desde la correspondiente solicitud, y que puedan encuadrarse en alguno de los tres niveles de deportista de élite, A, B o Promoción los deportistas mayores de 18 años, con licencia deportiva de una federación de la Comunidad Valenciana, o en su caso española, nacidos en la Comunidad Valenciana o con vecindad administrativa en un municipio de la Comunidad Valenciana durante un periodo que incluya, al menos, el último año, a contar desde la correspondiente solicitud, y que puedan encuadrarse en alguno de los tres niveles de deportista de élite, A, B o Promoción.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, se encuadra como Deportista de Élite Nivel A, a los deportistas: mayores de 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas que hayan obtenido la condición de deportista de alto nivel y que figuren en las relaciones que anualmente publica el CSD. mayores de 12 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección nacional en el campeonato del mundo o campeonato de Europa de las categorías senior/absoluta o júnior/juvenil. mayores de 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección nacional en el campeonato del mundo o campeonato de Europa de las categorías senior/absoluta o júnior/juvenil. mayores de 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, se encuadra como Deportista de Élite Nivel B, a los deportistas: mayores de 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores. mayores de 12 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección nacional en el campeonato del mundo o campeonato de Europa de las categorías senior/absoluta o júnior/juvenil. mayores de 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección nacional en el campeonato del mundo o campeonato de Europa de las categorías senior/absoluta o júnior/juvenil. mayores de 12 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, se encuadra como Deportista de Élite Nivel Pomoción, a los deportistas: mayores de 12 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas de categoría senior/absoluta o júnior/juvenil y obtengan resultados hasta el puesto que se determine reglamentariamente; y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores. de 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas en competiciones oficiales de las categorías Cadete e inferiores y obtengan resultados en el campeonato de España o campeonato autonómico de su categoría hasta el puesto que se determine reglamentariamente y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores. de 12 a 14 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas en competiciones oficiales de las categorías Cadete e inferiores y obtengan resultados en el campeonato de España o campeonato autonómico de su categoría hasta el puesto que se determine reglamentariamente y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores. de 12 a 16 años que participen en modalidades y/o pruebas deportivas en competiciones oficiales de las categorías Cadete e inferiores y obtengan resultados en el campeonato de España o campeonato autonómico de su categoría hasta el puesto que se determine reglamentariamente y a los deportistas participantes con la selección autonómica o nacional en el campeonato del Mundo, Europa o España de las categorías Cadete e inferiores.
La elaboración de la Lista de Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana se realizará atendiendo a la solicitud presentada por el interesado: hasta el 30 de diciembre de cada año, dirigida a la Secretaría Autonómica de Deporte, en la que la Federación Deportiva correspondiente acredite el resultado deportivo, acompañada del documento nacional de identidad y la licencia deportiva en vigor. dentro del primer mes de cada año, dirigida a la Secretaría Autonómica de Deporte, en la que la Federación Deportiva correspondiente acredite el resultado deportivo, acompañada del documento nacional de identidad y la licencia deportiva en vigor. hasta el 30 de diciembre de cada año, dirigida al Consejo Superior de Deportes, en la que la Federación Deportiva correspondiente acredite el resultado deportivo, acompañada del documento nacional de identidad y la licencia deportiva en vigor. hasta el 30 de diciembre de cada año, dirigida a la Consellería con competencias en materia de Deportes, en la que la Federación Deportiva correspondiente acredite el resultado deportivo, acompañada del documento nacional de identidad y la licencia deportiva en vigor.
Las federaciones deportivas remitirán a la Secretaría Autonómica de Deporte, su listado de deportistas de élite por categorías y resultados en el plazo de: hasta el 30 de diciembre de cada año sin que puedan proponer de manera excepcional a ningún otro deportista de élite en el primer mes de cada año hasta el 30 de octubre de cada año hasta el 30 de diciembre de cada año y excepcionalmente también podrán proponer, mediante informe razonado, la consideración de deportista de élite para aquellos deportistas que participan en pruebas o competiciones de relevancia internacional.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, la inclusión de los deportistas valencianos que figuren en las relaciones de deportistas de alto nivel elaboradas por el Consejo Superior de Deportes, y publicadas en el Boletín Oficial del Estado: se efectuará de oficio, quedando incluidos en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana Nivel A se efectuará de oficio, quedando incluidos en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana Nivel B se efectuará de oficio, quedando incluidos en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana Nivel Promoción se efectuará a solicitud de los deportistas, quedando incluidos en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana Nivel A.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, quién resolverá sobre la inclusión de los deportistas en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana?: el Secretario de Estado de Deporte-Presidente del Consejo Superior de Deportes, vista la propuesta de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana el Director General de Deporte, vista la propuesta de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana el titular de la Consellería competente en materia de deporte, vista la propuesta de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana el Secretario Autonómico de Deporte, vista la propuesta de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana.
La Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana cuando será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana?: será publicada periódicamente será publicada mensualmente será publicada anualmente será publicada semestralmente.
Los Deportistas de Élite Nivel Promoción de la Comunidad Valenciana podrán publicarse en una lista independiente y específica con una periodicidad diferente: Cierto Falso Solo si así lo autoriza el CSD Cierto al igual de los Deportistas de Élite de Nivel B.
Además de la publicación anual de la lista de Deportistas de Élite en el DOGV, también podrán elaborarse y publicarse listas parciales de deportistas de élite a lo largo del año en curso?: En ningún caso. Sí No Solo para los Deportistas de Élite de Nivel A.
La condición de deportista de élite de la Comunidada Valenciana se pierde por alguna de las siguientes causas: (señale la incorrecta) A los tres años siguientes a la última publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la Lista donde se le reconoce su condición de deportista de élite de la Comunidad Valenciana. Por haber sido sancionado en firme por dopaje, según lo previsto en el Real Decreto 255/1996, de 16 de febrero, por el que se establece el régimen de infracciones y sanciones para la represión del dopaje, o norma que lo sustituya. Por haber sido sancionado por alguna de las infracciones previstas en el artículo 14 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva, o norma que lo sustituya. Por haber sido sancionado en firme por alguna de las infracciones previstas en el artículo 124 de la Ley 2/2011, de la Generalitat, del Deporte de la Comunidad Valenciana.
Según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, cuáles son los distintos niveles de deportista de élite en la Comunitat Valenciana?: Nivel A, nivel B y nivel Promoción Nivel A, nivel B y nivel C Nivel A, nivel B y nivel P Nivel A y nivel B .
Contra la resolución por la Secretaría autonómica de Deporte, de la inclusión de los deportistas en la Lista de Deportistas de élite de la Comunitat Valenciana, se podrá interponer: recurso de alzada o potestativo de reposición, en el plazo de un mes recurso de reposición, en el plazo de un mes recurso de alzada, en el plazo de un mes recurso de revisión, en el plazo de un mes.
En cuanto a los beneficios para los Deportistas de Élite en relación con el acceso a los estudios no universitarios, los centros docentes públicos de enseñanzas de formación profesional específica, en los ciclos formativos de la Familia de Actividades Físicas y Deportivas, cuantas plazas deberán reservar para este colectivo?: una plaza por grupo y centro docente cuando el acceso al ciclo formativo sea directo, y dos plazas por grupo y centro docente cuando se acceda mediante prueba de acceso. dos plazas por grupo y centro docente cuando el acceso al ciclo formativo sea directo, y dos plazas más por grupo y centro docente cuando se acceda mediante prueba de acceso. una plaza por grupo y centro docente cuando el acceso al ciclo formativo sea directo, y otra plaza por grupo y centro docente cuando se acceda mediante prueba de acceso. una plaza por grupo y centro docente cuando el acceso al ciclo formativo sea directo, y tres plazas por grupo y centro docente cuando se acceda mediante prueba de acceso. .
En el ámbito autonómico, y según el Decreto 13/2006 del Consell de la Generalitat, el acceso a las plazas que se reserven en relación con el acceso a los estudios no universitarios se realizará de acuerdo con el siguiente orden de prelación: primero tendrán opción los deportistas de alto nivel calificados por el Consejo Superior de Deportes y los Deportistas de Élite Nivel A, en segundo lugar los Deportistas de Élite Nivel B y los Deportistas de Élite Nivel Promoción. primero tendrán opción los deportistas de alto nivel calificados por el Consejo Superior de Deportes y, en segundo lugar los Deportistas de Élite Nivel A y los Deportistas de Élite Nivel B y, en tercer lugar, los Deportistas de Élite Nivel Promoción. primero tendrán opción los Deportistas de Élite Nivel A, en segundo lugar los Deportistas de Élite Nivel B y, en tercer lugar, los Deportistas de Élite Nivel Promoción. primero tendrán opción los deportistas de alto nivel calificados por el Consejo Superior de Deportes y los Deportistas de Élite Nivel A, en segundo lugar los Deportistas de Élite Nivel B y, en tercer lugar, los Deportistas de Élite Nivel Promoción.
En cuanto a los beneficios para los Deportistas de Élite en relación con el seguimiento de los estudios no universitarios, se encuentra: (señale la incorrecta) Flexibilidad del calendario de exámenes cuando coincida con competiciones oficiales justificadas mediante certificación de la Federación Autonómica o Española correspondiente o, en su caso, por la Secretaría Autonómica de Deporte, siempre que no afecte a exámenes convocados por Orden o Resolución general para todo el alumnado. Elección del horario o grupo más idóneo para compatibilizar la asistencia a clase con su actividad deportiva, siempre que exista más de un turno en el centro. Justificación de faltas de asistencia hasta un 25% por participación en competiciones oficiales derivadas de su actividad deportiva, acreditadas mediante certificación de la Federación y con el calendario de pruebas avalado por la Federación Autonómica o Española correspondiente. Todos los anteriores son beneficios en relación con el seguimiento de los estudios no universitarios.
En cuanto a los beneficios para los Deportistas de Élite en relación con el acceso a los estudios universitarios, la Comunidad Valenciana reservará, para los deportistas de alto nivel calificados por el CSD y para los Deportistas de Élite Nivel A y Nivel B de la Comunidad Valenciana que figuren en la Lista correspondiente y reúnan los requisitos académicos correspondientes: un 5% de las plazas disponibles en las Universidades del Sistema Universitario Valenciano y, adicionalmente, el 3% de las plazas correspondientes a la licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. un 3% de las plazas disponibles en las Universidades Públicas Valencianas y, adicionalmente, otro 3% de las plazas correspondientes a la licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. un 3% de las plazas disponibles en las Universidades Públicas Valencianas y, adicionalmente, el 5% de las plazas correspondientes a la licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. un 3% de las plazas disponibles en las Universidades del Sistema Universitario Valenciano y, adicionalmente, el 5% de las plazas correspondientes a la licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
En cuanto a los beneficios para los Deportistas de Élite en relación con el ámbito laboral se encuentra: (señale la correcta) La Conselleria de Deportes puntuará el hecho de ostentar o haber ostentado la condición de Deportistas de Élite Nivel A y Nivel B de la CV como mérito evaluable en la fase de concurso en las convocatorias de concurso-oposición para el cuerpo de maestros y profesores de enseñanza secundaria en la especialidad de Educación Física. La Administración Pública Valenciana puntuará el hecho de ostentar o haber ostentado la condición de Deportistas de Élite Nivel A y Nivel B de la CV como mérito evaluable en la fase de concurso, en las convocatorias de concurso-oposición que tengan relación con la actividad física y el deporte, y establecerá la exención de la realización de las pruebas físicas, siempre que las mismas marquen unos mínimos y otorguen la calificación de apto o no apto sin una puntuación específica La asistencia de Deportistas de Élite Nivel A y Nivel B a competiciones oficiales, cuando las fechas en las que se celebre la competición, incluyendo el desplazamiento a la sede de la misma, coincidan con su horario laboral, tendrá la consideración de permiso retribuido en las normas reguladoras de la jornada de trabajo, dentro del ámbito de la administración Pública Valenciana. Todos los anteriores son beneficios en relación con el ámbito laboral.
Los deportistas de élite de la Comunitat Valenciana tendrán la siguiente oblicaión inherencte a su condición de deportista de élite: (señalae la incorrecta): Representar al deporte de la Comunidad Valenciana en las competiciones oficiales, asistiendo a las convocatorias de la selección autonómica de la Comunidad Valenciana correspondiente. Colaborar con la Generalitat, siempre que sean requeridos para ello, en los proyectos y campañas de difusión del deporte base y de la práctica deportiva en general. Someterse a los controles de dopaje, dentro y fuera de la competición, por los órganos competentes en la materia. Todas las anteriores son obligaciones de los Deportistas de Élite de la Comunitat Valenciana.
Qué órgano se crea, en el seno de la Secretaría Autonómica de Deporte, como órgano responsable de la elaboración de las Listas de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana?: la Comisión de Clasificación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana el Consejo de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana la Oficina de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana.
La Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana estará integrada por: 9 miembros 7 miembros 11 miembros 19 miembros.
Actuará como Presidente de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana: El Secretario Autonómico competente en deporte o persona en quien delegue El director general competente en deporte o persona en quien delegue El titular de la Consellería en materia de deportes El Jefe del Servicio competente en deporte de élite y alto rendimiento.
Actuará como Secretario de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana: Un técnico adscrito a la Secretaría Autonómica competente en Deporte El director general competente en deporte o persona en quien delegue, actuando como Vicepresidente. El Jefe del Servicio competente en deporte de élite y alto rendimiento Un deportista de élite o exdeportista de élite de la Comunidad Valenciana.
Cúal de los siguientes no figura como miembro de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana?: Tres técnicos adscritos a la Secretaría Autonómica competente en Deporte, de los que uno actuará como Secretario. Dos representantes de las Federaciones Deportivas de la Comunidad Valenciana. Un deportista de élite o exdeportista de élite de la Comunidad Valenciana El Subdirector General en materia de deportes.
Quién elige y nombra a los miembros de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana?: el Secretario de Estado de Deporte y la duración de su mandato será de dos años el Conseller de Deporte y la duración de su mandato será de dos años el Secretario Autonómico de Deporte y la duración de su mandato será de dos años el Secretario Autonómico de Deporte y la duración de su mandato será de cuatro años.
Cuál de las siguientes no es función de la Comisión de Evaluación de los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana?: Examinar y valorar los expedientes de los deportistas que solicitan su inclusión en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana. Elevar al secretario autonómico de Deporte la propuesta de Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana. Cualquier función que pueda serle encomendada por el secretario autonómico de Deporte en relación con los deportistas de élite. Conceder becas y ayudas a los Deportistas de Élitie de la Comunidad Valenciana.
Mediante que Orden se aprueban los criterios por los que se incluyen los deportistas en la Lista de Deportistas de Elite de la Comunitat Valenciana y las bases por las que se regulan, al amparo de lo establecido en el Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los deportistas de elite de la Comunitat Valenciana?: ORDEN de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte ORDEN de 23 de abril de 2017, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte ORDEN de 23 de abril de 2009, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte ORDEN de 23 de abril de 2006, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte.
Según la ORDEN de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte, en función de la modalidad y/o prueba deportiva los deportistas de élite se clasificación en: Deportistas de modalidades y/o pruebas universitarias y no universitarias. Deportistas de modalidades y/o pruebas europeas o mundiales. Deportistas de modalidades y/o pruebas nacionales o internacionales. Deportistas de modalidades y/o pruebas olímpicas y no olímpicas.
Según la naturaleza de la modalidad y/o prueba deportiva, a efectos de la ORDEN de 23 de abril de 2007, los deportistas se encuadran en qué grupos?: Deportistas de modalidades y/o pruebas individuales, de equipo o de participación. Deportistas de modalidades y/o pruebas individuales, colectivas o de combate. Deportistas de modalidades y/o pruebas individuales o de equipo. Deportistas de modalidades y/o pruebas individuales, de equipo o de combate.
La pilota valenciana, por sus características particulares y el hecho de ser un deporte autóctono de la Comunitat Valenciana, se encuadrará dentro de qué grupo de modalidades y/o pruebas?: dentro del grupo de modalidades y/o pruebas no olímpicas, con sus competiciones específicas dentro del grupo de modalidades y/o pruebas olímpicas, con sus competiciones específicas dentro del grupo de modalidades y/o pruebas individuales o por equipos, con sus competiciones específicas dentro del grupo de modalidades y/o pruebas de participación individual o por parejas, con sus competiciones específicas.
Dentro de las modalidades y/o pruebas de equipo cuál de las siguientes se incluyen?: las de deportes colectivos las de equipo de suma de esfuerzos o de actuación simultánea las de suma de resultados individuales: dobles, parejas, tríos, cuartetos, conjuntos, relevos, selecciones nacionales, selecciones autonómicas de la Comunitat Valenciana, clubes o similares Todas ellas se incluyen dentro de las modalidades y/o pruebas de equipo.
Para su consideración como "deportista de elite" en aquellas modalidades o pruebas deportivas de equipo que sean susceptibles de cambios de los integrantes del equipo en las diferentes jornadas o eliminatorias y/o exista la posibilidad de ser reserva, será necesario acreditar haber participado con la selección o equipo en un porcentaje: mínimo del 80% del número de encuentros o jornadas de los que consta la competición. mínimo del 60% del número de encuentros o jornadas de los que consta la competición. mínimo del 40% del número de encuentros o jornadas de los que consta la competición. mínimo del 50% del número de encuentros o jornadas de los que consta la competición.
Según la ORDEN de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte, en función de su categoría deportiva los deportistas de élite se clasificación en: Categoría Senior o Absoluta, junior o Juvenil, Cadete e inferiores Categoría nacional o internacional Categoría individual, por equipos o de combate Categoría olímpica o no olímpica.
Según la Orden de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte, la categoría Senior o Absoluta es la considerada en cada modalidad y/o prueba deportiva como categoría absoluta, que necesariamente tendrá carácter único, y: sin diferencia en tramos de edad se requiere tener 16 años o mas se requiere tener 18 años o mas se requiere tener 17 años o mas.
Según la Orden de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte, la categoría junior o Juvenil es en la que quedarán englobadas todas las clasificaciones de categorías inferiores a la absoluta que incluyan a deportistas: mayores de 16 años y menores de 18 y que solicitan la inclusión en la lista. mayores de 16 años, es decir, que cumplan los 17 en el año en que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista. mayores de 15 años, es decir, que cumplan los 16 en el año en que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista. mayores de 12 años, es decir, que cumplan los 13 en el año en que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista.
Según la Orden de 23 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte, la categoría cadetes o inferiores es en la que quedarán englobadas todas las clasificaciones de categorías que incluyan a deportistas de qué edad?: entre 12 y 16 años, es decir, desde los que cumplan los 12 hasta los que cumplan 16 años en el año que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista. a partir de 12 y hasta los 16 años, es decir, desde los que cumplan los 13 hasta los que cumplan 16 años en el año que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista. entre 14 y 16 años, es decir, desde los que cumplan los 14 hasta los que cumplan 16 años en el año que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista. a partir de 13 y hasta los 16 años, es decir, desde los que cumplan los 14 hasta los que cumplan 16 años en el año que obtienen el resultado y solicitan la inclusión en la lista.
Los deportistas que participen en competiciones de categoría superior a la que pertenecen por edad, como serán calificados?: como deportistas de élite de la categoría mas ventajosa para el deportista en cuanto a beneficios. como deportistas de élite en función de la categoría de la competición en la que hayan obtenido el resultado o en la que le corresponda por su edad, a elección del deportista. como deportistas de élite en función de la categoría de la competición en la que hayan obtenido el resultado. como deportistas de élite en función de la categoría que les corresponda por su edad.
Los resultados deportivos por los que se calificarán a los deportistas de élite de la Comunitat Valenciana serán los obtenidos en las competiciones: (señale la incorrecta): Juegos Olímpicos y Juegos Paralímpicos Campeonato de Mundo, Universiada, Campeonato del Mundo Universitario, Juegos del Mediterráneo, Campeonato de Europa, Ranking Mundial Campeonato de España y Campeonato de España Universitario Campeonato Autonómico y Campeonato Local.
Los resultados finales en Copa S.M. el Rey o S.M. la Reina, o campeonato de copa equivalente de carácter único, de categoria absoluta y de máximo nivel nacional, serán equiparados a: Campeonato de Europa Campeonato de España Campeonato Autonómico Campeonato de españa Universitario.
Los deportistas integrantes del primer equipo de competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y de ámbito estatal, clasificadas por el Consejo Superior de Deportes, que hayan participado en un mínimo del 50% de los encuentros de los que consta la competición, Cómo serán calificados?: como deportistas de elite nivel A como deportistas de elite nivel promoción como deportistas de elite nivel B como deportistas de elite nivel A, si han llegado a la final de la competición.
Los deportitas con discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales o cualquier otra, Pueden obtar a la condición de Deportista de Élite en la Comunidad Valenciana?: Sí Solo si también constan en la estatal de Alto Nivel publicada en el BOE No, en nigún caso, tienen a parte sus deportes paraolímpicos para estos deportistas Sí, pero no con los mismos efectos y beneficios que los Deportistas de Nivel A y B.
Los deportistas que, habiendo solicitado la inclusión en la Lista de Deportistas de Élite, no cumplan los criterios para acceder: no serán incluidos en la misma. serán incluidos en la lista como reservas. se les concederá un plazo de 10 días hábiles para que subsanen todo deportista que solicite la inlcusión en la Lista de Deportistas de Élite deberá ser incluído, ano ser que el deportista renunice antes de su inclusión.
Para el Campeonato Autonómico de Pilota Valenciana y según el Decreto 13/2006 de la CV, sólo se consideran las modalidades de: “escala i corda” pero no la de “raspall “escala" y “raspall “escala i corda” y “raspall unicmante la de “raspall.
Las modalidades y/o pruebas no olímpicas se clasifican por subgrupos y pertenecen al subgrupo I: Automovilismo, Ajedrez, Golf, Kárate, Motociclismo, Rugby, Salvamento y socorrismo. Actividades subacuáticas, Billar, Bolos, Deportes aereos, Deporte de orientación, Espeleología, Esquí nautico, Kickboxing, Montañismo y escalada, Patinaje, Squash, Petanca, Surf Caza, Futbol americano, Motonáutica, Padel, Pelota, Pesca, Tiro a vuelo Cualquier modalidad no incluida como Olímpica.
Las modalidades y/o pruebas no olímpicas se clasifican por subgrupos y pertenecen al subgrupo II: Actividades subacuáticas, Billar, Bolos, Deportes aereos, Deporte de orientación, Espeleología, Esquí nautico, Kickboxing, Montañismo y escalada, Patinaje, Squash, Petanca, Surf Automovilismo, Ajedrez, Golf, Kárate, Motociclismo, Rugby, Salvamento y socorrismo. Se incluirán en el subgrupo I las pruebas y/o modalidades no Olímpicas de Federaciones Olímpicas. Caza, Futbol americano, Motonáutica, Padel, Pelota, Pesca, Tiro a vuelo La Pilota Valenciana.
Las modalidades y/o pruebas no olímpicas se clasifican por subgrupos y pertenecen al subgrupo III: Automovilismo, Ajedrez, Golf, Kárate, Motociclismo, Rugby, Salvamento y socorrismo. Se incluirán en el subgrupo I las pruebas y/o modalidades no Olímpicas de Federaciones Olímpicas. el Rugby y la Pilota Valenciana Actividades subacuáticas, Billar, Bolos, Deportes aereos, Deporte de orientación, Espeleología, Esquí nautico, Kickboxing, Montañismo y escalada, Patinaje, Squash, Petanca, Surf Caza, Futbol americano, Motonáutica, Padel, Pelota, Pesca, Tiro a vuelo.
La modalidad y/o prueba no olímpica de Rugby pertenece: al subgrupo I al subgrupo II al subgrupo III al subgrupo de deporte autonómico .
La modalidad y/o prueba no olímpica de Pilta Valenciana pertenece: al subgrupo I al subgrupo II al subgrupo III a ningún subgrupo, al ser un deporte autóctono de la Comunitat Valenciana con sus competiciones específicas.
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