S///21_C//€//I_Rgtº_d/&c/pl/nª
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Title of test:![]() S///21_C//€//I_Rgtº_d/&c/pl/nª Description: S21_compce |




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Quien responderá de las actuaciones de los deportistas, técnicos entrenadores, directivos y delegados técnicos inscritos en los CEU, cuando sean contrarias a las normas del Reglamento de Disciplina Deportiva o a las demás normas disciplinarias u organizativas aplicables a los CEU?: cada Universidad inscrita y frente al comité organizador de los Campeonatos. cada deportista de forma individual, y colectivamente cada univerdidad, y frente al comité organizador de los Campeonatos. los delegados y/o responsabels de cada universidad y frente al comité organizador de los Campeonatos. los directores de los distintos servicios de deportes y frente al comité organizador de los Campeonatos. A quién corresponde el ejercicio de potestad disciplinaria deportiva?: a) A los jueces o árbitros durante el desarrollo de la competición, con sujeción a las reglas establecidas en las disposiciones de cada modalidad deportiva. b) Al Juez Único de Competición de los CEU sobre las actas de los encuentros redactadas por los árbitros o jueces y sobre las reclamaciones y recursos presentados en tiempo y forma. c) Las respuestas a) y b) son correctas. d) Al Juez Único de Competición de los CEU durante el desarrollo de la competición y al Tribunal del Derporte en cuanto a los recursos y en última instancia. Para los Campeonatos de España Universitarios se designará a un Juez Único de Competición, que requisitos deberá poseer dicha figura?: deberá ser Licenciado en Derecho, entenderá de las infracciones de las reglas del juego o competición y de las normas generales deportivas, que se produzcan en el desarrollo de los CEU, así como de los recursos que sobre las mismas se interpongan y se nombrará con antelación a la celebración de dichos Campeonatos. entenderá de las infracciones de las reglas del juego o competición y de las normas generales deportivas, que se produzcan en el desarrollo de los CEU, así como de los recursos que sobre las mismas se interpongan y se nombrará con antelación a la celebración de dichos Campeonatos. No se requiere titulación específica al respecto. deberá ser Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y Deportiva, entenderá de las infracciones de las reglas del juego o competición y de las normas generales deportivas, que se produzcan en el desarrollo de los CEU, así como de los recursos que sobre las mismas se interpongan y se nombrará con antelación a la celebración de dichos Campeonatos. deberá ser Licenciado en INEF, entenderá de las infracciones de las reglas del juego o competición y de las normas generales deportivas, que se produzcan en el desarrollo de los CEU, así como de los recursos que sobre las mismas se interpongan y se nombrará con antelación a la celebración de dichos Campeonatos. En la apreciación de las faltas referentes a la disciplina deportiva, que valor tienen las manifestaciones y declaraciones de los árbitros?: han de ser probadas siempre, por cualquier medio admitido en Derecho. se presumen ciertas, salvo error material manifiesto, que podrá acreditarse por cualquier medio admitido en Derecho. deberán ser ciertas, salvo que se pruebe la falsedad de las mismas, lo que podrá acreditarse por cualquier medio admitido en Derecho. se presumen manifiestas, y se podrán acreditar por cualquier medio admitido en Derecho. Por razón de las infracciones tipificadas en el Reglamento de Disciplina Deportiva de los CEU, qué tipo de sanciones se pueden imponer?: El aviso, la amonestación pública y/o la multa. La prohibición de: inscribirse en los siguientes CEU, de inscribirse en cualquier fase autonómica o local de campeonatos universitarios y/o de acceder a los estadios o recintos deportivos. La suspensión o la inhabilitación temporales para poder competir, la inhabilitación a perpetuidad para competir, la pérdida del partido o la descalificación en la competición y/o la pérdida de puntos o de lugares en la clasificación. Todas ellas son distintos tipos de sanciones que pueden imponerse. En cuanto a la sanción de multa a los deportistas, técnicos y/o responsables, jueces o árbitros,cuándo podrá imponerse la misma?: únicamente en los casos en que los deportistas, técnicos y/o responsables, jueces o árbitros perciban retribuciones por su labor en los Campeonatos de España Universitarios. cuando se estime oportuno por el Juez Único. cuando así lo decida el Juez Único, oído el comité organizativo. únicamente en los casos en que los deportistas, técnicos y/o responsables, jueces o árbitros hayan tendio mala fe en su actuación. Las Universidades participantes podrán ser sancionadas con la pena de multa, de forma auxiliar a cualquier sanción de algún deportista, técnico, juez o árbitro o directivo de la misma. En qué importe?: por importe de 1.000 euros mínimo hasta la cifra de 20.000 euros. sin límite alguno de dinero, a creiterio del Juex Único. en función de la gravedad de la infracción. por importe de 300 euros mínimo hasta la cifra de 2.000 euros. Que plazo tiene la Universidad sancionada con multa para el pago de la misma?: 48 horas. 72 horas. 24 horas. una semana. Que sucederá si la Universidad sancionada con una sanción de multa no la abonara en las 24 horas siguientes?: será expulsada de los CEU, pero podrá participar en los siguientes. será expulsada de los CEU y no podrá participar en los siguientes. se le embargará sus bienes para el pago de la misma. se cursará comunicación al CSD para que actúe en consecuencia. Cuál o cuáles de las siguientes circunstancias son circunstancias modificativas atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva?: a) Haber mostrado el infractor su arrepentimiento de modo ostensible e inmediato a la comisión de la falta. b) Aceptar inmediatamente la medida disciplinaria que el árbitro o juez haya podido imponer como consecuencia de la falta cometida. c) Haber precedido, inmediatamente a la infracción, una provocación suficiente. d) Todas lo son. Cuál o cuáles de las siguientes circunstancias son circunstancias modificativas agravantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva?: a) Haber provocado el apoyo tumultuario de otras personas. b) Ser capitán del equipo, delegado o entrenador, o actuar como tal en el momento de la comisión de la falta. c) Cometer la falta contra los jueces o árbitros, y/o ser reincidente. d) Todas ellas lo son. Cuando puede entenderse que existe reincidencia por parte de un deportista en la comisión de una infracción?: cuando el autor hubiera sido sancionado anteriormente en cualquier otro CEU. cuando el autor hubiera reconocido su mala fe en la comsión de la infración de que se trate. cuando reincida la infracción sobre un mismo jugador. cuando el autor hubiera sido sancionado anteriormente en la competición por cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o mayor gravedad, o por dos infracciones o más de inferior gravedad de la que en ese supuesto se trate. Cuál o cuáles de las siguientes causas se consideran como causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria deportiva?: a) El cumplimiento de la sanción o, la prescripción de las infracciones o de las sanciones impuestas. b) La muerte de la persona inculpada. d) La pérdida de la condición de deportista federado y/o universitario. d) Todas ellas lo son. Las sanciones impuestas son inmediatamente ejecutivas?: No, en nigún caso. Habrá que esperar siempre a la resolución de los recursos que se interpongan contra las mimas. No, habrá que esperar a que se declare la firmeza de las mismas. Sí, sin que las reclamaciones o los recursos que se interpongan en contra paralicen o suspendan la ejecución, salvo que se presente recurso y que el órgano encargado de resolverlo acuerde, a instancia de parte, la suspensión si concurre alguno de los requisitos establecidos al efecto. Sí, únicamente con autorización expresa del Consejo Superior de Deportes. Que sucede si la persona sancionada no termina de cumplir su sanción dentro de los CEU en el cual le ha sido impuesta la sanción?: se declará prescrita la parte de sanción que no haya podido cumplir dentro de los CEU en los que se le impuso la misma. se le conmutará por multa pecuniaria que deberá abonar si quiere volver a participar en postreriores CEU. deberá acabar de cumplir la sanción en los siguientes CEU. la universidad a la cual pertenezca deberá abonar una multa que oscilará entre 300 y 2.000 euros. Cómo se sanciona a los jugadores por las infracciones que cometan durante un encuentro por el comportamiento incorrecto, pronunciar palabras groseras o gestos antideportivos, juego violento o peligroso?: serán sancionados desde amonestación hasta multa. serán sancionados desde 2 encuentros y hasta 4 encuentros. serán sancionados desde amonestación hasta suspensión por 4 encuentros. serán sancionados desde amonestación hasta suspensión por 2 encuentros. Cómo se sanciona a los jugadores por las infracciones que cometan durante un encuentro por los insultos, amenazas o actitudes coercitivas hacia otros jugadores, entrenadores, delegados, organización o público?: se sancionarán con amonestación o multa pecuniaria. se sancionarán desde amonestación hasta cuatro encuentros de suspensión. se sancionarán desde 1 encuentro de suspensión hasta 4. se sancionarán desde 2 encuentro de suspensión hasta 6. Cómo se sanciona a los jugadores por las infracciones que cometan durante un encuentro por la agresión directa, recíproca o simultánea, repetida o que produzca lesión?: será sancionada desde 6 encuentros de suspensión hasta un máximo de 9. será sancionada desde 2 encuentros de suspensión hasta un máximo de 4. será sancionada desde 6 encuentros de suspensión hasta un máximo de 12. será sancionada desde 4 encuentros de suspensión hasta un máximo de 10. Las infracciones cometidas por los jugadores durante un encuentro contra árbitros o jueces, contra técnicos y directivos, como se sancionarán?: se sancionarán de igual forma que si fuera contra otro jugador y además con multa. se sancionarán con el triple de lo establecido. se sancionarán con el doble de lo establecido. se sancionarán de igual forma que si fuera contra otro jugador. Contra el desarrollo normal de un encuentro, Cómo se sancionará retrasar intencionadamente la iniciación o la reanudación de un encuentro?: será sancionado desde amonestación hasta suspensión por 3 encuentros. será sancionado desde amonestación hasta suspensión por 6 encuentros. será sancionado desde amonestación hasta suspensión por 9 encuentros. será sancionado desde multa hasta suspensión por 6 encuentros. Cómo se sancionará provocar al público o a otros jugadores con gestos o palabras contra el normal desarrollo del encuentro?: será sancionado desde suspensión por 2 encuentros hasta 4. será sancionado desde suspensión por 6 encuentros hasta 12. será sancionado desde suspensión por 2 encuentros hasta 8. será sancionado desde suspensión por 2 encuentros hasta 8. Cuando se retrase intencionadamente la iniciación o la reanudación de un encuentro, o provocar al público o a otros jugadores con gestos o palabras contra el normal desarrollo del encuentro, y ello produjera la suspensión o interrupción definitiva de un encuentro, Cómo se sancionará?: se sancionará desde 2 encuentros de suspensión hasta 8. se sancionará desde 4 encuentros de suspensión hasta 8. se sancionará desde 6 encuentros de suspensión hasta 12. se sancionará desde 2 encuentros de suspensión hasta 6. Cuando las infracciones sean cometidas por el capitán del equipo, o por el deportista que como tal actúe en el campo, la sanción se impondrá: siempre en su grado máximo. será entendido como agravante. será entendido como atenuante. se le impondrá el doble de la que corresponda. Con cuantos partidos de suspensión se sanciona la negativa del capitán a firmar el acta?: con 3 encuentros. con 4 encuentros. con 6 encuentros. no se sanciona con partidos de suspensión sino con amonestación. Como se sancionará a los entrenadores y/o responsables, delegados y directivos, por su responsabilidad de constituir ejemplo ante sus deportistas, serán sancionados por las palabras, gestos o actitudes de desconsideración durante la celebración de un encuentro en contra de la deportividad y armonía en el desarrollo del mismo?: con sanción desde amonestación hasta suspensión por seis encuentros. se sancionarán con suspensión de dos a ocho encuentros. con sanción desde amonestación hasta suspensión por ocho encuentros. con sanción desde amonestación hasta suspensión por diez encuentros. Como se sancionará a los entrenadores y/o responsables, delegados y directivos, por su responsabilidad de constituir ejemplo ante sus deportistas, serán sancionados por las amenazas, insultos o actitudes coercitivas contra deportistas, entrenadores, delegados, directivos, árbitros, organización o público,?: se sancionarán con suspensión de dos a ocho encuentros. se sancionarán con suspensión de uno a tres encuentros. se sancionarán con suspensión de uno a ocho encuentros. se sancionarán con suspensión de uno a seis encuentros. Como se sancionará a los entrenadores y/o responsables, delegados y directivos, por su responsabilidad de constituir ejemplo ante sus deportistas, serán sancionados por la incitación a deportistas, acompañantes o público hacia actividades antideportivas o participación en actitudes de hostigamiento?: será sancionada con suspensión de cinco a doce encuentros. será sancionada con suspensión de seis a doce encuentros. será sancionada con suspensión de nueve a doce encuentros. será sancionada con suspensión de ocho a doce encuentros. Como se sancionará a los entrenadores y/o responsables, delegados y directivos, por su responsabilidad de constituir ejemplo ante sus deportistas, serán sancionados por la agresión hacia árbitros, público o equipo contrario?: sanción de suspensión desde diez encuentros hasta un máximo de veinte encuentros. sanción de suspensión desde diez encuentros hasta un máximo de treinta encuentros. sanción de suspensión desde veinte encuentros hasta un máximo de treinta encuentros. sanción de suspensión desde cinco encuentros hasta un máximo de veinte encuentros. La intervención de entrenadores y/o responsables, delegados o directivos de algún Centro participante en disturbios, insultos, coacciones que se produzcan antes, durante o a la finalización del encuentro, así como la falta de cooperación con los árbitros para lograr que el partido discurra por los cauces deportivos, que consecuencias tendrán?: dará lugar a la inhabilitación de aquéllos como entrenador, delegado o directivo por un período de hasta un año. dará lugar a la inhabilitación de aquéllos como entrenador, delegado o directivo por un período de hasta dos años. dará lugar a la inhabilitación de aquéllos como entrenador, delegado o directivo por un período de hasta tres años. dará lugar a la inhabilitación de aquéllos como entrenador, delegado o directivo por un período de hasta un semestre. La alineación de deportistas que no reúnan todos o cada uno de los requisitos establecidos en las normas generales de la competición, a qué sanciones dará lugar de las siguientes?: a) Descalificación del jugador hasta un máximo de dos partidos; en este caso, el delegado y el entrenador serán considerados responsables de dicha alineación indebida, sancionándoseles hasta un máximo de cuatro partidos. b) Pérdida del encuentro y descuento al equipo infractor del equivalente a los puntos correspondientes por partido ganado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Técnico de competición. c) Si el encuentro es una eliminatoria, se dará por perdido al equipo infractor. d) Todas ellas son sanciones que se podrán imponer. Para determinar una alineación indebida, Cómo podrá actuar el Juez Único de Competición?: podrá actuar de oficio, o a instancia de parte. únicamente podrá actuar de oficio. únicamente podrá actuar a instancia de parte. podrá actuar de oficio, a instancia de parte, o por instrucción directa del comité organizador. Al equipo que no comparezca en un encuentro a la hora señalada en el calendario, Cómo se le sancionará?: con menos 3 puntos y se le dará el encuentro por perdido. con menos 3 puntos y se le apercibirá. con menos 3 puntos y se le amonestará. con la descalificación de la competición y la anulación de los resultados obtenidos, si los hubiere, hasta ese momento. Qué ocurre cuando un equipo se presente con un número insuficiente de jugadores a la hora señalada en el calendario?: se le concederá un tiempo de 15 minutos de cortesía para que puedan venir le resto de jugadores para jugar el encuentro. excepcionalmente, el equipo contrario le podrá prestar los jugadores que le falten para disputar el encuentro. se le tendrá por no comparecido. solo en este caso se permite computar como jugador al delegado y/o entrenador o responsable de la universidad. El Juez Único de Competición está facultado para apreciar, en caso excepcional, la eximente de incomparecencia justificada, procediendo en este caso, a criterio del Juez Único, de qué manera?: a) Repetición del encuentro. b) Pérdida del encuentro al equipo no presentado, sin sanción y/o sin que le sea computado a los efectos de reincidencia. c) la a) y la b) son correctas. d) Pérdida del encuentro al equipo no presentado y menos 3 puntos en la clasificación. Cuando un encuentro haya de ser suspendido por la actuación de uno de los equipos o de sus acompañantes, que consecuencias procederán aplicar?: procederá la repetición del encuentro en todo caso. procederá dar por perdido el encuentro al equipo que de forma fehaciente conste como responsable. procederá la repetición del encuentro, a criterio del Juez Único o a petición del equipo no responsable de la suspensión. procederá la repetición del encuentro y el descuneto de 1 punto al equipo responsable de la suspensión. Si por causa de la actitud incorrecta de los equipos hubiese de interrumpirse el encuentro y los motivos de suspensión fuesen imputables a ambos equipos, como podrá proceder el Juez Único?: se acordará la repetición del encuentro, en todo caso. podrá dar como válido el resultado que hubiera en el momento de la suspensión y sancionará a ambos equipos con el descuento de un punto en la clasificación general. podrá dar como válido el resultado que hubiera en el momento de la suspensión o acordará la repetición del encuentro si el resultado es de empate en el momento de la suspensión. podrá dar por perdido el partido a ambos equipos y sancionará a ambos equipos con el descuento de un punto en la clasificación general. Si la suspensión del encuentro sólo fuese imputable a uno de los equipos, el Juez Único: dará como vencedor al equipo no infractor por el resultado que marquen los Reglamentos Federativos de cada modalidad deportiva y se sancionará al equipo infractor con el descuento de 1 punto en la clasificación general. dará como vencedor al equipo no infractor por el resultado de 3-0 y se sancionará al equipo infractor con el descuento de 3 puntos en la clasificación general. dará como vencedor al equipo infractor por el resultado que marquen los Reglamentos Federativos de cada modalidad deportiva y se sancionará al equipo infractor con el descuento de un punto en la clasificación general. dará como vencedor al equipo no infractor por el resultado que marquen los Reglamentos Federativos de cada modalidad deportiva y se sancionará al equipo infractor con el descuento de 3 puntos en la clasificación general. En todos los casos de sanciones a equipos, el Juez Único: podrá imponer la sanción de multa accesoria a la Universidad correspondiente por el importe que considere adecuado a los daños e inconvenientes producidos. apercibirá por escrito a la Universidad infractora. amonestará por escrito a la Universidad infractora. podrá imponer la sanción de descalifiación para los próximos CEU de la universidad infractora. Las reclamaciones serán dirigidas y resueltas en primera instancia por el Juez Único de Competición de los Campeonatos de España Universitarios, pudiendo ser interpuestas por: directamente por el interesado, su entrenador o delegado, en la Secretaría Técnica del deporte de que se trate. únicamente por el interesado en la Secretaría Técnica del deporte de que se trate. únicamente por el interesado o su entrenador, pero no por su delegado, en la Secretaría Técnica del deporte de que se trate. directamente por el Juez o árbitro del encuentro, en la Secretaría Técnica del deporte de que se trate. Las reclamaciones ante el Juez Único de Competición, hasta que hora se podrán presentar?: hasta las 22.00 horas del día en que se ha celebrado la competición, o en su caso, hasta dos horas después de terminada la competición. hasta las 24.00 horas del día en que se ha celebrado la competición, o en su caso, hasta dos horas después de terminada la competición. hasta el día siguiente en que se ha celebrado la competición, o en su caso, antes del próximo encuentro. hasta las 20.00 horas del día en que se ha celebrado la competición, o en su caso, hasta dos horas después de terminada la competición. Las resoluciones del Juez Único de Competición en materia disciplinaria agotan la vía deportiva, y las mismas pueden ser recurridas: en el plazo de 15 días hábiles ante el Tribunal Administrativo del Deporte. en el plazo de 30 días hábiles ante el Tribunal Administrativo del Deporte. en el plazo de un mes hábil ante el Tribunal Administrativo del Deporte. no pueden ser recurridas, ya que son firmes. Contra las resoluciones del Juez Único de Competición en materia de organización qué recurso podrá interponerse y en qué plazo?: podrá interponerse, en el plazo de 24 horas desde la notificación, recurso de alzada ante el Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, que deberá dictar Resolución en el plazo de 24 horas. podrá interponerse, en el plazo de 72 horas desde la notificación, recurso de alzada ante el Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, que deberá dictar Resolución en el plazo de 24 horas. podrá interponerse, en el plazo de 48 horas desde la notificación, recurso de reposición ante el Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, que deberá dictar Resolución en el plazo de 24 horas. las resoluciones del Juez Único de Competición en materia de organización no sos susceptibles de recurso alguno. El plazo de resolución de los recursos formulados ante el Juez Único de Competición finalizará a: las 22.00 horas del día de presentación de los mismos, y en todo caso, antes del inicio de la competición del día siguiente. las 24.00 horas del día de presentación de los mismos, y en todo caso, antes del inicio de la competición del día siguiente. las 20.00 horas del día de presentación de los mismos, y en todo caso, antes del inicio de la competición del día siguiente. las 24.00 horas del día de presentación de los mismos o, excepcionalmente, antes del inicio de la competición del día siguiente. Los acuerdos y resoluciones, siempre razonados, que se adopten por el Juez Único de Competición: tendrá efectos suspensivos, pero sin que en ningún caso puedan paralizarse las competiciones. serán directamente ejecutivos, no obstante puede suspenderse o paralizarse las competiciones, si se presenta recurso por el interesado. serán directamente ejecutivos, salvo que se presente recurso contra los mismos en tiempo y forma. serán directamente ejecutivos, sin que en ningún caso puedan suspenderse o paralizarse las competiciones. |