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![]() €x_G \/ @_L € x 9 - 17_Lex C S P Description: exámenes Generalitat |



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Se considera fundación pública a efectos de la Ley 9/2017, de 3 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Aquella fundación que la mayoría de derechos de voto en su patronato corresponda a representantes del sector público. Cualquier fundación. Aquella fundación cuyo patrimonio esté integrado en menos de un 50 por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por sujetos integrantes del sector, público con carácter permanente. Aquella fundación que se constituya de forma inicial, con una aportación minoritaria, directa o indirecta, de una o varias entidades integradas en el sector público, o bien reciban dicha aportación minoritaria con posterioridad a su constitución. De acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el precio de los contratos del sector público podrá abonarse: Solamente en moneda euro. Solamente en moneda distinta del euro. En cualquier tipo de moneda siempre que lo prevea el contrato. En la moneda que elija el contratista en el momento de pago. De conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/25/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, señale la respuesta correcta: Se considerarán contratos de suministro los que tengan por objeto la adquisición y el arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas, y la cesión del derecho de uso de estos últimos, en cualquiera de sus modalidades de puesta a disposición, a excepción de los contratos de adquisición de programas de ordenador desarrollados a medida, que se considerarán contratos de servicios. Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, excepto aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. Son contratos de servicios los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles. En los contratos de concesión de obras la contraprestación a favor del concesionario consiste, o bien únicamente en el derecho a explotar la obra, o bien en dicho derecho acompañado del de percibir un precio. El riesgo operacional en la explotación de dicha obra será asumido por la Administración. De conformidad con el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos el Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas el Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, es cierto que: Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 60.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 20.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. Los contratos menores no requieren publicación. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 60.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 20.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. Los contratos menores no requieren publicación. Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el valor estimado de un contrato de obras incluirá, entre otros: Los costes que se deriven de la ejecución material de la obra, los gastos generales de estructura, el beneficio empresarial y el impuesto sobre el Valor Añadido vigente en el momento de la publicación del anuncio de licitación de las obras. Los costes que se deriven de la ejecución material de la obra, los gastos generales de estructura, el beneficio industrial y el importe mínimo de los posibles modificados previstos en los Pliegos. Los costes que se deriven de la ejecución material de la obra, los gastos generales de estructura, el beneficio industrial y el importe máximo de los posibles modificados previstos en los Pliegos. Los costes que se deriven de la ejecución por contrata de la obra más los costes laborales con arreglo a los convenios colectivos sectoriales que resulten de aplicación, los gastos generales de estructura, el beneficio industrial y el importe estimado de la Revisión de Precios, si procede. Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos de obras procederá realizar la revisión de sus precios: Cuando el contrato se haya ejecutado, al menos, en el 20 por ciento de su importe o hayan transcurrido dos años desde su adjudicación. Cuando el contrato se haya ejecutado, al menos, en el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación. El pliego de cláusulas administrativas particulares deberá detallar la fórmula de revisión aplicable, que será invariable durante la vigencia del contrato y determinará la revisión de precios en cada fecha respecto a la fecha de adjudicación del contrato o a la fecha en que termine el plazo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas. Cuando el contrato se hubiese ejecutado, al menos, en el 20 por ciento de su importe y hubiese transcurrido un año desde su formalización. Según el artículo 116 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el expediente de contratación se justificará adecuadamente, entre otros: La elección del procedimiento de valoración, los criterios de responsabilidad técnica o profesional, y de solvencia económica y financiera, el valor estimado del contrato y la decisión de dividir en lotes el objeto del contrato. La elección del procedimiento de licitación, los criterios de adjudicación, el importe de la garantía provisional y definitiva, las condiciones especiales de abono del contrato y la decisión de dividir en lotes el objeto del contrato. Los criterios de solvencia técnica o profesional, y económica y financiera, las condiciones especiales de ejecución del contrato, el valor estimado del contrato y la decisión de no dividir en lotes el objeto del contrato. La justificación de la necesidad del contrato y del plazo de presentación de las ofertas, la elección del procedimiento de adjudicación, las condiciones esenciales de ejecución del contrato y el valor estimado del mismo,. Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: La tramitación de los expedientes calificados como urgentes se realizará de manera análoga a la de los ordinarios pero gozarán de preferencia para su despacho, y los plazos establecidos en la ley para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo las excepciones recogidas en el art, 119 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los expedientes de contratos cuya realización responda a una necesidad inaplazable serán calificados como urgentes por el órgano de contratación, y en su tramitación gozarán de preferencia para su despacho, reduciéndose a la mitad todos los plazos establecidos en la ley para la licitación y adjudicación, salvo en lo relativo a la formalización del contrato que se realizará de manera análoga a la de los contratos ordinarios. Los expedientes «de contratos cuya realización responda a una necesidad derivada de una catástrofe o de un elevado peligro serán calificados como de emergencia por el órgano de contratación, y su tramitación quedará reducida a la comprobación de la existencia de crédito adecuado y suficiente para acometer los trabajos. En los expedientes con tramitación de emergencia, el plazo de inicio de la ejecución de las prestaciones no podrá ser superior a un mes, contado desde la adopción del acuerdo de inicio del expediente de emergencia por parte del órgano de contratación. Si se excediese este plazo, la contratación de dichas prestaciones requerirá la tramitación de un procedimiento de urgencia, salvo las excepciones recogidas en el art. 120 de la Ley 9/2017. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, señale cuál de los siguientes enunciados es correcto: Todas las prohibiciones de contratar deberán comunicarse para su inscripción al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o su equivalente en el ámbito de las Comunidades Autónomas. La inscripción de la prohibición de contratar en el Registro de Licitadores caducará pasados tres meses desde que termine su duración. El alcance y duración de la prohibición de contratar deberá determinarse, en todo caso, mediante un procedimiento instruido al efecto. El plazo de duración de prohibición de contratar no podrá: exceder de cinco años en caso de haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable el contratista, a la resolución firme del contrato. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, señale la respuesta correcta: Los contratos basados en un acuerdo marco se perfeccionan con su formalización. na vez formalizado un contrato con una unión temporal de empresarios, únicamente cabrá la modificación de su composición, mediante operaciones de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad. En el caso de que la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad, no sean empresas integrantes de la unión temporal, será necesario que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que se mantenga la solvencia, la capacidad o clasificación exigida. La carencia o insuficiencia de crédito en la contratación de obras comportará, en todo caso, la nulidad del contrato. La facultad para acordar la indemnización por perjuicios en caso de nulidad de un contrato no será susceptible de delegación. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, señale cuál de los siguientes enunciados es incorrecto: Las condiciones especiales de ejecución que forman parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del contrato. La elección de las fórmulas para evaluar las proposiciones de los licitadores, se tendrán que justificar en el expediente. En todo caso, en los procedimientos de adjudicación abiertos o restringidos, cuando la valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor se atribuya una ponderación mayor que la correspondiente a la valoración de los criterios automáticos, en el caso de que se establezcan mejoras como criterio de valoración, a éstas no podrá asignárseles una valoración superior a un 2,5 por ciento. En los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deberán representar, al menos, el 45 por ciento de la puntuación asignable en la valoración de la oferta. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y respecto a los contratos de concesión de servicios, señale cuál de los siguientes enunciados es correcto: Podrá prestarse mediante contrato de concesión de servicios los que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos, siempre que queden debidamente justificadas razones de interés público. La resolución motivada por la supresión del servicio por razones de interés público no comportará la indemnización de daños y perjuicios irrogados al contratista. El contratista tendrá derecho a' desistir del contrato cuando resulte extraordinariamente oneroso y se cumplan los requisitos contemplados en el artículo 290.6 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Púbico, con derecho a indemnización a favor de la Administración Pública contratante por este motivo, en su caso. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas deberán hacer referencia a la distribución de riesgos entre la Administración y el concesionario en función de las características particulares del servicio, si bien en todo caso el riesgo operacional le corresponderá al contratista,. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y respecto a los contratos de obras, señale cuál de los siguientes enunciados es correcto: El acta de comprobación de replanteo deberá realizarse en el plazo que se consigne en el contrato que no podrá ser superior, en ningún caso, a un mes desde la formalización del contrato. Las certificaciones mensuales de obra que comprendan obra ejecutada conforme a proyecto durante dicho período, salvo prevención en contra de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, supondrá la aprobación y la recepción de las obras que comprenden las certificaciones. El plazo para aprobar la certificación final de obras ejecutadas contado a partir de la recepción, en ningún caso, podrá superar los cinco meses. Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará exonerado de toda responsabilidad en cualquier caso. Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ¿a qué tipo de contrato corresponde la siguiente definición?: “Tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles”. Contrato de obras. Contrato de servicios. Contrato de suministros. Contrato de concesión de servicios. Según el artículo 14 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con relación al contrato de concesión de obras: Dentro de su objeto no se incluye la realización de las prestaciones de restauración y reparación de construcciones existentes por parte del concesionario. Se considerará que el concesionario asume un riesgo operacional cuando tiene garantizado que, en condiciones normales de funcionamiento, va a recuperar las inversiones realizadas y a cubrir los costes en que hubiera incurrido como consecuencia de la. explotación de las obras. En el supuesto de que las obras vinculadas o accesorias puedan ser objeto de explotación o aprovechamiento económico, estos podrán corresponder al concesionario pero siempre de manera separada a la explotación de la obra principal. El contrato podrá comprender la adecuación, reforma, y modernización de la obra para adaptarla a las características técnicas y funcionales requeridas para la correcta prestación de los servicios o la realización de las actividades económicas a las que sirve de soporte material. Indique la respuesta correcta, en relación con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Los contratos menores se prorrogarán cuando ello fuera necesario para la continuidad de la prestación. Los contratos menores no podrán tener una duración superior a 6 meses ni ser objeto de prórroga. Los contratos menores podrán prorrogarse a su vencimiento no pudiendo tener una duración superior a dos años. Los contratos menores no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. En los contratos adjudicados por lotes, y salvo que se establezca otra previsión en el pliego que rija el contrato: Cada lote constituirá un contrato, incluso en casos en que se presenten ofertas integradoras. Todas las ofertas constituirán un contrato, incluso en casos en que se presenten ofertas integradoras. Cada lote constituirá un contrato, salvo en casos en que se presenten ofertas integradoras, en los que todas las ofertas constituirán un contrato. Todas las ofertas constituirán un contrato, salvo en casos en que se presenten ofertas integradoras, en que cada lote constituirá un contrato. Los contratos que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles, son: Contratos de servicios. Contratos de suministro. Contratos de obras. Contratos de gestión de servicios públicos. No se consideran contratos de suministros: Aquellos en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Los que tengan por objeto la adquisición y el arrendamiento de equipos y sistema de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas, y la cesión del derecho de uso de estos últimos. Los de adquisición de programas de ordenador desarrollados a medida. Los de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el empresario deban ser elaboradas con arreglo a características peculiares fijadas previa mente por la entidad contratante, aun cuando esta se obligue a aportar, total o parcial mente, los materiales precisos. Conforme al artículo 1.3 de la Ley 9/2017, siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios sociales y: Divulgativos. Comunitarios. Medioambientales. Judiciales. En un contrato de concesión de obras, cuando no esté garantizado que, en condiciones normales de funcionamiento, el concesionario vaya a recuperar las inversiones realizadas ni a cubrir los costes en que hubiera incurrido como consecuencia de la explotación de las obras que sean objeto de la concesión, se considerará que el mismo asume un riesgo: Operacional. Virtual. General. Provisional. Deberá elaborarse un proyecto y tramitarse como la Ley 9/2017 dispone para los contratos de obras, el contrato mixto en que un elemento del contrato sea una obra y esta supere: Los 50.000 euros. Los 100.000 euros. Los 5.000 euros. Los 10.000 euros. Según el arto 13.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos de obras se referirán: A una obra completa. A una superficie acotada. A un área concreta. A un plan urbanístico determinado. Según el artículo 3.2. de la LCSP, tienen la consideración de Administración Pública: Las autoridades administrativas independientes. Las fundaciones públicas. Las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Las Entidades Públicas Empresariales. En toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios sociales y medioambientales: En todo caso. Siempre que guarde relación con el objeto del contrato. Siempre que se garantice la relación calidad-precio. Como criterio decisorio en caso de igualdad de ofertas. Se entenderá que un contrato tiene carácter oneroso en los casos en que: El contratista obtenga algún tipo de beneficio económico de forma directa. El órgano contratante obtenga algún tipo de beneficio económico. El contratista obtenga algún tipo de beneficio económico, ya sea de forma directa o indirecta. Tanto el órgano contratante como el contratista obtienen algún tipo de beneficio económico, ya sea de forma directa o indirecta. Previa justificación en el expediente, podrá llevarse a cabo la revisión periódica y predeterminada de precios en aquellos contratos en los que el período de recuperación de la inversión sea igualo superior a: 3 años. 4 años. 5 años. 1 año. Conforme al artículo 99 de la Ley 9/2017, el objeto de los contratos del sector público deberá ser: Determinado. Fraccionado. Motivado. Concertado. En relación al objeto del contrato, NO es cierto que: En los contratos adjudicados por lotes, sólo se constituye un único contrato por todo el conjunto. Cuando el órgano de contratación proceda a la división en lotes del objeto del contrato, podrá limitar el número de lotes para los que un mismo candidato o Iicitador puede presentar oferta. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes. El objeto del contrato se podrá definir en atención a las necesidades o funcionalidades concretas que se pretenden satisfacer, sin cerrar el objeto del contrato a una solución única. El límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, constituye: El valor estimado del contrato. El precio del contrato. El presupuesto base de licitación. El objeto del contrato. ¿En cuál de los siguientes contratos el valor estimado será determinado por el órgano de contratación a partir del importe neto de la cifra de negocios que estima generará la empresa contratista durante la ejecución del mismo como contraprestación?: Contrato de Servicios. Contrato de Obras. Contrato de Suministros. Contrato de Concesión de Obras. En relación al valor estimado de los contratos, es cierto que: En el cálculo del valor estimado, únicamente deberán tenerse en cuenta los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes. En la determinación del valor estimado se ha de incluir el impuesto sobre el valor añadido. En el cálculo del valor estimado deberá tenerse en cuenta cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato. El método de cálculo aplicado por el órgano de contratación para calcular el valor estimado no podrá figurar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares. Los contratos del sector público tendrán siempre un precio: Cierto. Justo. Aproximado. Mínimo. Previa justificación en el expediente, la revisión periódica y predeterminada de precios se podrá llevar a cabo en todos los contratos del siguiente tipo: En los contratos de obra. En los contratos de concesión de obra. En los contratos de suministros. En los contratos de servicios. ¿Cuál de los siguientes costes en un contrato puede ser revisable en algunos casos?: Los costes asociados a las amortizaciones. El beneficio industrial. Los gastos generales. Los costes de mano de obra. ¿En qué tipo de contratos se ha de justificar adecuadamente en el expediente el informe de insuficiencia de medios?: En los contratos de servicios. En los contratos de suministros. En los contratos de concesión de obras. En los contratos de obras. Señale la respuesta correcta según la LCSP: Se entenderá por «etiqueta»: cualquier documento, certificado o acreditación que confirme que las obras, productos, servicios, procesos o procedimientos de que se trate cumplen determinados requisitos. Las prescripciones técnicas proporcionarán a los empresarios acceso en condiciones de igualdad al procedimiento de contratación y no tendrán por efecto la creación de obstáculos injustificados a la apertura de la contratación pública a la competencia. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán aprobarse previamente a la autorización del gasto o conjuntamente con ella, y siempre antes de la licitación del contrato, o de no existir esta, antes de su adjudicación, y solo podrán ser modificados con posterioridad por error material, de hecho o aritmético. En otro caso, la modificación del pliego conllevará la retroacción de actuaciones. Todas las respuestas son correctas. |




